domingo, 17 de octubre de 2010

CAPÍTULO 5 TLCAN: Procedimientos aduaneros.

PARTICIPACIÓN:

El quinto capítulo referente a los procedimientos aduaneros comprende de los artículos 501 al 514, en el cual se establecen los métodos para la entrega de un certificado de origen para todos aquellos productos que hayan sido marcados así y se estipulan los métodos que se seguirán para las revisiones, sanciones e impugnaciones en caso de que algún producto no sea de origen y se haya querido marcar como tal. También se establecen las bases de cooperación entre los tres países a fin de que todas estas medidas sean cumplidas pero sin afectar a ninguno de los exportadores.
Se establece la creación de un grupo de trabajo sobre las reglas de origen, el cual, se integrará por representantes de cada una de las tres partes, para vigilar la aplicación y administración de controles aduaneros, tasas arancelarias, los marcados de país de origen, las reglas de marcado y reglamentaciones uniformes, así como la administración de cada una de las aduanas.

Fuente: TLCAN.
www.sice.oas.org

No hay comentarios:

Publicar un comentario